Actualmente, a la hora de trabajar y utilizar PEMP de manera responsable y segura, hay que tener en cuenta principalmente el marco normativo tanto en materia de prevención, seguridad y salud, como en seguridad de producto (por ejemplo, el Marcado CE).
NORMATIVA ESPAÑOLA
LEY de PRL 31/1995
- Art. 14.1 Los trabajadores tiene derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.
- Art. 17.2 El empresario deberá proprocionar a los trabajadores EPIs adecuados para el desempeño de sus funciones.
- Art. 19 Obliga al empresario a garantizar que cada trabajador reciba una
formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en
el momento de su contratación, cualquiera que sea su modalidad o duración de esta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo.
Real Decreto 1215/1997 de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
- Art. 3.4 (segundo párrafo), “Cuando a fin de evitar o controlar un riesgo específico para la seguridad o salud de los trabajadores, la utilización de un equipo de trabajo
de realizarse en condiciones o formas determinadas que requieran un particular
conocimiento por parte de aquellos, el empresario adoptará las medidas necesarias para que la utilización de dicho equipo quede reservada a los trabajadores designados para ello”. - Además, en su Anexo II, apartado 2.1 establece: “La conducción de equipos de trabajo automotores estará reservada a los trabajadores que hayan recibido una formación específica para la conducción segura de esos equipos de trabajo”.
VI convenio de la construcción 2017-2021
- Art. 191. Normas espcíficas para plataforams elevadoras móviles de Personal (PEMP)